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Todo lo que necesitas saber de Espacio Mediterráneo

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¡Somos Dog Friendly! ¡Guau, guau, Hurra! 

Nuestro centro comercial ya es un Espacio Dog Friendly y eso quiere decir que puedes venir de compras sin tener que dejar a tu perrito en casa.

Sabemos que nuestros amigos perrunos forman parte de nuestra familia, por eso, ahora también ellos serán bienvenidos a muchas de nuestras tiendas. Busca el adhesivo identificativo colocado a la entrada de los establecimientos para conocer las tiendas que tienen permitida la entrada de tu mascota.

Tenemos a disposición de todos los usuarios bolsas higiénicas que podrás solicitar en el Punto de Información (Sujeto a disponibilidad del momento). 

Para garantizar el bienestar y seguridad general y que la experiencia de visita a nuestro centro comercial junto a tu mascota sea cómoda, hemos establecido unas normas de convivencia. Te pedimos que antes de venir con tu perro, las revises atentamente y tomes nota de todas ellas y así ¡Lo pasareis Guau!

Este mes tenemos un regalito para ti y tu mascota, pasa por nuestro Punto de Información y muéstranos que nos sigues en Instagram, canjea el cupón de la promoción y llévate tu huesito (unidades disponibles hasta fin de existencias). 

Además si nos presentas a tu mascota en Instagram podrás conseguir una tarjeta por valor de 20€ de GAME.

 

1.NORMATIVA DE CONVIVENCIA: OBLIGATORIO USO DE CORREA Y BOZAL 

OBLIGATORIO USO DE CORREA CORTA (longitud máxima de 1,2 m) en todos los perros y es OBLIGATORIO USO DE BOZAL en perros de más de 10 kilos y recomendable en el resto. Además, está prohibida la entrada a especies exóticas. 

Aplicamos unas normas específicas para los Perros Potencialmente Peligrosos, siguiendo el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos del Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999 de 23 de diciembre.

 

2. RESPONSABILIDAD POR DAÑOS

Los dueños de las mascotas exoneran de cualquier responsabilidad a Espacio Mediterráneo por posibles problemas donde resulten o puedan resultar perjudicados, tanto ellos como sus acompañantes y/o cualquier cliente que visite el centro, por actos realizados por los perritos.

El tenedor o propietario asumirá la responsabilidad civil, administrativa o penal que se derive por cualquier acto del animal de compañía, por su tenencia o propiedad o por el incumplimiento de las normas sobre tenencia animal. Mantendrá indemne a Espacio Mediterráneo ante cualquier reclamación que se presente por estos hechos y reembolsará todos los gastos o costos en que esta incurra.

Cada propietario ostenta la guarda, custodia y responsabilidad absoluta de su perro. Al acceder con él a Espacio Mediterraneo, acepta las normas y exime de toda responsabilidad a Espacio Mediterraneo por los daños patrimoniales y extrapatrimoniales que el animal pueda ocasionar a terceros.

 

3. NORMAS GENERALES DOGFRIENDLY

Solo se permitirá el acceso a perritos que cumplan la siguiente normativa:

Espacio Mediterraneo podrá solicitar la salida a cualquier propietario junto a su mascota que no cumpla la normativa y se reserva el derecho de admisión. Del mismo modo, podrá avisar las autoridades competentes para requerir de su actuación si fuera necesario.

Se debe permanecer, respetar y acogerse a las normas designadas particularmente de los establecimientos Dog Friendly.

Se permite la entrada, como máximo, de un perro por persona mayor de edad.

Si la mascota no es un perro, deberá ir en su transportín correspondiente.

No está permitido el acceso de mascotas exóticas.

Todos los perros deberán ir junto a su dueño con correa corta y mantenerlo de manera controlada y tranquila, evitando el ladrido y comportamientos agresivos con personas y animales.

Se permite la circulación de perritos en zonas comunes excepto en las áreas de Restauración, donde únicamente podrán acceder perros guía o terapéuticos debidamente acreditados. En las zonas de terrazas exteriores habrá que consultar con el establecimiento.

Por la propia seguridad del perro queda terminantemente prohibido la utilización de escaleras y rampas mecánicas ya que puede hacerse daño en las patitas. En su lugar se podrá hacer uso de los ascensores habilitados para su uso (si hubiera ya otras personas en su interior, lo ideal es que antes de subir se pregunte si tienen algún problema en compartir el viaje con el perro o esperar a viajar solo con ella) y de las escaleras exteriores.

No está permitida su entrada a la zona de aseos y salas de lactancia del Centro que no esté habilitados expresamente con la pegatina identificativa ‘Dog Friendly’. Sólo estará permitido el acceso con perros a los aseos femenino, masculino de planta baja pasillo junto a Primark. En ningún caso estará permitido el uso de los lavabos como bebederos.

Desde el centro se vela por el bienestar de los animales, por lo que, si se evidencia algún tipo de maltrato, abuso o violencia hacia las mascotas, se avisará a las autoridades competentes.

Se prohíbe dejar a los perros dentro de los vehículos que queden estacionados en las distintas zonas de aparcamiento.

 

4. ADMISIÓN. 

Se permite la entrada de perros a las zonas comunes del Centro comercial y a los establecimientos comerciales que cuenten con la pegatina identificativa ‘Dog Friendly’ en su escaparate. En el caso de los restaurantes, en algunos casos, podrá solo estar permitido el acceso a las terrazas y se indicará con el distintivo de ‘Terraza Dog Friendly’.

No se permite el acceso a perros que se encuentren visiblemente debilitados, enfermos o que no presenten las condiciones de higiene o limpieza adecuadas mínimas.

Para garantizar la seguridad de los clientes y evitar situaciones de peligro o incomodidad para las personas o para los animales, Espacio Mediterraneo se reserva el derecho de admisión de perros en aquellos eventos o actividades que se puedan realizar en sus instalaciones.

Con el fin de velar por el bienestar de todos, el personal de seguridad podrá en todo momento valorar situaciones que afecten al resto de clientes, y tomar decisiones en consecuencia. Se podrá por ejemplo limitar el acceso de perros por aglomeraciones o por seguridad de los visitantes y de los propios perros a las zonas comunes, debiendo permanecer en ese caso en las zonas exteriores al aire libre.

 

5. CONDUCTA 

El perro deberá mantener una conducta adecuada. Se evitará, en la manera de lo posible, venir con el perro si no está correctamente educado, ladra de manera frecuente a extraños o es habitual que haga sus necesidades fuera de zonas ajardinadas, como paredes, mobiliario público, etc.

El perro, durante la visita al Centro, deberá ir siempre con correa corta (longitud máxima de 1,2 m) y caminando junto a su dueño en el suelo. En ningún caso se podrá dejar al perro atado al mobiliario ni abandonado de la atención de su dueño en ningún momento.

Si el perro acaba por hacer sus necesidades el dueño deberá limpiar sus excrementos de inmediato e informar siempre al personal de limpieza del Centro para su desinfección. Además, deberá llevar siempre consigo bolsas para la recogida de excrementos, al igual que en la calle. En caso de necesidad, y a través de la App de Espacio Mediterraneo, se facilitará una bolsa para excrementos en el Punto de Información del Centro Comercial.

Está prohibido:

Entrar con comida o dar de comer al perro.

Jugar con el perro en las instalaciones con pelotas, juguetes con silbatos, etc.

Que los perros se suban al mobiliario, zonas de descanso, etc.

 

6. RECOMENDACIONES

Se recomienda llevar consigo la cartilla de vacunación. Todos los perros deberán llevar un collar con identificación, que incluya el teléfono de su propietario.

El propietario o responsable del perro debe abstenerse de acceder a las zonas interiores si la hembra se encuentra en celo, este ciclo puede alterar el comportamiento de otra hembra o macho.

 

 7. LEGISLACIÓN. 

En todos los casos se deberá cumplir con las normativas locales, autonómicas y estatales relativas a la tenencia de animales. 

Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-7936

Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

Ley 6/2017, de 8 de noviembre, de protección y defensa de los animales de compañía de la Región de Murcia

Ordenanza Local:

3009 ordenanza municipal para la protección y tenencia de los animales de compañía en el término municipal de Cartagena.

https://www.cartagena.es/tramites/documentos/SANIDAD/BORM%20ORDENANZA%20TENENCIA%20DE%20ANIMALES%20DE%20COMPA%C3%91%C3%8DA.PDF

 

ANEXO 1: PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS (PPP) 

La lista oficial de razas de perros considerados peligrosos en España es la establecida en el Real Decreto 287/2002, y que desarrolla la Ley sobre la tenencia de animales potencialmente peligrosos en nuestro país. Un decreto que cita de forma específica estas ocho razas en su primer anexo:

Pit Bull Terrier

Staffordshire Bull Terrier

American Staffodshire Terrier

Rottweiler

Dogo Argentino

Fila Brasileiro

Tosa Inu

Akita Inu

Y, a efectos prácticos, provoca que haya otras ocho razas de Perros Potencialmente Peligrosos: Bóxer, Bull terrier, Bullmastiff, Dóberman, Dogo Canario o Presa Canario, Dogo de Burdeos, Dogo del Tíbet y Mastín napolitano.

Las personas que accedan al centro con razas catalogadas como PPP deberán circular según establecen las leyes indicadas más abajo, y deberán cumplir los siguientes requisitos:

Ser mayor de edad, con aptitud idónea para ejercer el control necesario en cada caso

Los perros deberán pasearse con correa y esta no podrá ser extensible ni de más de dos metros de largo.

Los perros deberán llevar el bozal homologado, adecuado a sus características morfológicas y raza, que impida la apertura de la mandíbula para morder. - Sólo se podrá pasear/ir acompañado de un PPP por persona.

Los portadores de los mismos deberán llevar la licencia municipal en vigencia y documento de identidad. El personal de Seguridad del centro podrá requerirle que muestre la licencia pertinente.

Si algún visitante se negase a cumplir la normativa, se avisará a policía municipal para que actúe como autoridad para exigir el cumplimiento de la misma.

Deben contratar seguro de responsabilidad civil.

En lo que se refiere a los visitantes que accedan con razas de perros potencialmente peligrosas (PPP) deberá atenderse a lo indicado a las leyes, decretos y normas a nivel nacional, autonómico y local:

Artículo 148 de la Constitución

Ley 11/2003 de 24 de noviembre protección Animal (BOJA Nº237 de 10-10-2003

Decreto 92/2005 de 29 de marzo

Ley 10/1999, de 30 de julio.

Decreto 170/2002, de 11 de julio

Ley 50/1999, de 23 de diciembre

Real Decreto 287/2002 de 22 de marzo (tenencia de animales potencialmente peligrosos https://www.boe.es/eli/es/rd/2002/03/22/287

Protección animales domésticos 2022: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-14086

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